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FUERON APROBADAS REFORMAS A LA LEY DE PROTECCIÓN A LOS ANIMALES, PARA ESTABLECER SANCIÓN RELATIVA A UTILIZACIÓN DE VEHICULOS TIRADOS POR ANIMALES PARA RECOLECCIÓN DE RESIDUOS DOMÉSTICOS

porAlicia Guevara

Dic 29, 2025

ESTAS CONDUCTAS SE SANCIONARÁN CON MULTA DE TRES HASTA CIENTO VEINTE DÍAS DEL VALOR DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN VIGENTE

Porthada Informativa
29 DICIEMBRE 2025

El pleno del Congreso del Estado aprobó la reforma a la Ley de Protección a los Animales para el Estado de San Luis Potosí, para establecer la sanción relativa a la utilización de vehículos tirados por animales para la recolección de fierro, basura o residuos domésticos.

De acuerdo al mismo artículo, se indica que estas conductas se sancionarán con multa de tres hasta ciento veinte días del valor de la unidad de medida y actualización vigente.

También se establece dentro del catálogo de conductas a sancionar, el colocar sobre la piel productos o implementos nocivos, ya sea por razones estéticas o de cualquier índole, excluyéndose el tatuaje de identificación o reconocimiento de raza.

El dictamen, presentado por la Comisión de Ecología y Medio Ambiente, señala que se busca lograr una mayor y mejor protección de los animales en el Estado de San Luis Potosí, a través del establecimiento de la medida coercitiva específica aplicable a la prohibición establecida en el artículo 36 de la Ley de
Protección a los Animales para el Estado de San Luis Potosí referente al uso y tránsito de vehículos tirados por animales, utilizados para la recolección de fierro, basura o residuos domésticos.

La protección y bienestar de los animales forman parte de una visión ética y legal cada vez más respaldada por tratados internacionales, leyes estatales y ordenamientos municipales, que ya han tipificado el uso de animales de tracción como una forma de maltrato animal, promoviendo su retiro progresivo mediante leyes y sanciones

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